Tasas de renovación según la vigencia del permiso

Cada Permiso de Conducción tiene un período de vigencia transcurrido el cual hay que proceder a su renovación.
La vigencia de los permisos está condicionada a que el titular no haya perdido totalmente sus puntos y a que mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.
Igualmente el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.
Causas que impiden la renovación:
a) La privación por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
b) La intervención; medida cautelar o suspensión del permiso o licencia, tanto se hayan acordado en vía judicial o administrativa.
¿Cuál es el periodo de vigencia?
El permiso de la clase B tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años.
A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años
Los permisos de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E
Cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad.
A partir de los 65 años el período de vigencia será de tres años.
¿Cuándo se puede solicitar?
La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.
Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar pierde vigencia.
¿Qué sucede si el período de vigencia ha finalizado?
El titular del permiso o licencia cuya vigencia haya caducado, podrá obtener la prórroga, quedando dispensado de realizar las pruebas de control de conocimientos y las de control de aptitudes y comportamientos.
Documentación necesaria
La solicitud de prórroga de vigencia se puede realizar:
Renovación en Centro Médico (no es necesario acudir a la Jefatura de Tráfico)
Acreditación de identidad y residencia:
DNI o Pasaporte: original en vigor.
Autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
Realizar una exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud Psicofísica.
TASA
TASAS SEGÚN LA VIGENICIA DEL PERMISO
Tasa Renovación Vigencia de Permiso hasta 10 años 23,80 €
Tasa Renovación Vigencia de Permiso hasta 4 años 19,00 €
Tasa Renovación Vigencia de Permiso hasta 3 años 14,30 €
Tasa Renovación Vigencia de Permiso hasta 2 años 9,50 €
Tasa Renovación Vigencia de Permiso hasta 1 año 4,90 €
Texto extraído de :https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/renovacion-permiso-conduccion/